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Edicto y Proclama de Matrimonio |
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Los ciudadanos dominicanos que deseen contraer matrimonio en territorio español, deben solicitar la publicación de un edicto en el Consulado Honorario de la República Dominicana en Alicante, España
DESCRIPCION El Edicto es el documento oficial donde consta que un ciudadano ha manifestado la intención de casarse con otro ciudadano. Según la Ley, este documento debe ser publicado en el Consulado en dos períodos sucesivos de 8 días naturales cada uno, a fin de que cualquier ciudadano pueda manifestar oposición a dicha intención de matrimonio. Todos los ciudadanos dominicanos tienen derecho a publicar un Edicto en el Consulado General de la República Dominicana en Madrid, España. REQUISITOS a) Del que publica el Edicto - Ser dominicano.
- Pasaporte dominicano en vigor.
- Documento de Identidad y Electoral Dominicano (cédula), si la tuviera.
- Nombre de los padres y su residencia actual.
- Dirección actual.
b) Del contrayente - Fotocopia de ambos lados del documento de identidad (ya sea pasaporte, cédula, DNI o Tarjeta de Residencia).
- Nombre de los padres y su residencia actual.
- Dirección Actual.
DURACION Entre 30 minutos y 2 horas dependiendo de la urgencia y la disponibilidad de personal. OBSERVACIONESA partir de los 16 días de haberse publicado el Edicto, el ciudadano puede volver a la sede del Consulado y se le expedirá el Certificado de Edicto, documento que hace constar que el ciudadano publicó un Edicto y no hubo oposición a la intención de matrimonio manifiesta. |